El obispado de Cádiz y Ceuta ha emitido este medio día un decreto por el cual quedan suspendidos todos los cultos externos organizados por las hermandades, cofradías y las diferentes parroquias.
Ante las actuales circunstancias sanitarias en las que la pandemia Covid-19 sigue afectando de manera general a todas las naciones y, de forma particular, también a las distintas poblaciones de la Diócesis, sin que se prevea una pronta solución, y que las autoridades sanitarias aconsejan seguir aún con las medidas de protección individuales y colectivas nos vemos obligados a tomar las medidas oportunas.
Y teniendo en cuenta que dichas medidas afectan especialmente a las actividades que conlleven aglomeraciones de personas, que puedan dar lugar a la proliferación de contagios con las dolorosas consecuencias que, desgraciadamente, continuamos sufriendo.
Considerando la proximidad de las celebraciones de la Cuaresma y de la Semana Santa, una vez oído el Consejo Episcopal y el Secretariado Diocesano para las Hermandades y Cofradías de la Diócesis, así como los distintos Consejos Locales, por medio del presente se decreta.
- La suspensión de todos los cultos externos, ya sean organizados por las distintas hermandades y cofradías de la diócesis, así como por Parroquias u otros grupos o asociaciones de fieles, tanto cultos ordinarios como extraordinarios, desde la promulgación del presente decreto y mientras se mantenga las actuales circunstancias y no se decrete expresamente lo contrario.
- Que durante la próxima cuaresma y Semana Santa se celebren con especial hondura los cultos internos, eucaristías y actos de piedad que estatuariamente se tengan establecidos, siempre teniendo en cuenta las medidas de protección y aforo establecidos tanto por la normativa diocesana como por las autoridades civiles. Esta dolorosa prueba nos ofrece una oportunidad para profundizar en los misterios que celebramos, para vivir la Semana Santa con mayor intensidad en todas las hermandades, parroquias y asociaciones, y para una mayor participación si cabe en los oficios litúrgicos del Triduo Pascual y en todas las celebraciones propias de ese tiempo de conversión y preparación al gozo de la resurrección de nuestro Señor.
- Que se eleven constantes preces a nuestro Señor Jesucristo y a la Santísima Virgen María por el fin de la pandemia y por los más afectados por ella, vivos o difuntos.
- Se faculta al delegado episcopal, así como al secretario diocesano para hermandades y cofradías para la aclaración e interpretación del presente decreto, en aquello que afecte a las hermandades y cofradías de la Diócesis.
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